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1. Aplicar la legislación vigente sobre control de la contaminación y entender en la revisión y actualización permanente del marco regulatorio vinculado a dicho control. 2. Elaborar y promover estudios e investigaciones relativos al diagnóstico, prevención, control, tratamiento y recomposición de la contaminación. 3. Desarrollar acciones orientadas a la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la situación ambiental nacional en la materia de su competencia específica. 4. Desarrollar y fomentar planes, programas y proyectos referidos al diagnóstico, evaluación y recuperación de sitios contaminados. 5. Brindar asistencia técnica a organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, en las áreas temáticas bajo su responsabilidad. 6. Elaborar y proponer las normas y los procedimientos técnicos – administrativos referidos a la prevención, control y remediación ambiental. 7. Coordinar con otros organismos públicos o privados, nacionales, provinciales o municipales, todo aspecto cuyo objeto sea el control y la preservación de la calidad del agua, del aire y del suelo. 8. Proponer la realización de convenios de cooperación técnica con entidades u organismos nacionales o internacionales, públicos o privados, e intervenir en la gestión de créditos sobre temas de su competencia específica.
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